Impuestos y gastos al vender mi casa

Guía 2026: Gastos e Impuestos al Vender tu Casa en Castellón (Saca la Calculadora)

Vender una propiedad es un gran paso. A menudo, leemos ríos de tinta sobre los gastos que asume quien compra una vivienda (que rondan el 10 % del valor), dejando al propietario en un segundo plano. Sin embargo, si estás pensando en vender tu casa en Castellón de la Plana, necesitas tener una foto real de tus números.

Vender también lleva aparejados una serie de gastos e impuestos que debes calcular antes de fijar el precio de salida para evitar sorpresas desagradables. A fecha de 27 de marzo de 2026, la normativa fiscal tiene particularidades que todo vendedor en la Comunidad Valenciana debe conocer. Coge la calculadora, porque en Vivienda Castellón Inmobiliaria te lo desglosamos todo al detalle.


Principales Impuestos al Vender un Inmueble

Al traspasar una propiedad, rindes cuentas con dos administraciones principales: la Agencia Tributaria (Hacienda) y el Ayuntamiento de Castellón.

1. El IRPF (Ganancia Patrimonial en Hacienda)

Si resides en España, la venta de tu inmueble tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Si eres no residente, lo hará bajo el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

¿El motivo? Hacienda considera que, si vendes por más dinero del que compraste, has obtenido una ganancia patrimonial. Esta ganancia se declara en la base imponible del ahorro del año en que se firma la venta.

Para calcularla, se resta el valor de adquisición (lo que te costó la casa + reformas estructurales + gastos de aquella compra) al valor de transmisión (el precio de venta actual – gastos de la inmobiliaria y notaría).

A fecha de hoy (2026), los tramos para tributar esta ganancia son:

  • Hasta 6.000 euros: 19%

  • Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%

  • Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%

  • Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%

  • Más de 300.000 euros: 28%

Importante: Si vendes por menos de lo que compraste, hay una pérdida patrimonial y no pagas este impuesto. De hecho, puedes compensar esa minusvalía con otras ganancias en los siguientes cuatro ejercicios fiscales.

2. La Plusvalía Municipal (IIVTNU)

El gran olvidado que suele aparecer en las conversaciones el mismo día de la firma en la notaría. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se paga al Ayuntamiento de Castellón (o al consistorio del municipio donde esté la casa, como Vila-real o Benicàssim).

Desde la reforma legal, en 2026 tienes dos formas de calcularla y puedes elegir la que más te beneficie:

  • Fórmula Objetiva: Multiplicando el valor catastral del suelo por unos coeficientes que el Ayuntamiento actualiza cada año.

  • Fórmula Real: Calculando la diferencia real entre el precio de compra y el de venta, aplicada al porcentaje que representa el valor del suelo.

Ojo al dato: Si demuestras que has vendido a pérdidas (por menos de lo que compraste), estás exento de pagar la Plusvalía Municipal. Tienes 30 días hábiles desde la firma para liquidar este impuesto en la Plaza Mayor o a través de la sede electrónica.

3. El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

Por ley, quien es propietario a día 1 de enero es el obligado frente al Ayuntamiento a pagar el recibo anual del IBI. Sin embargo, gracias a recientes sentencias del Tribunal Supremo, el vendedor puede exigir al comprador que le reembolse la parte proporcional a los días del año en que la casa ya será suya, salvo que pactéis lo contrario en el contrato de arras.


Gastos Administrativos y de Gestión

Además de los impuestos, existen trámites burocráticos ineludibles para dejar la vivienda libre de cargas.

Cancelación Registral de la Hipoteca

Si aún estabas pagando la hipoteca, el comprador querrá la casa libre de deudas. Tienes que liquidar el préstamo con el banco (lo que puede conllevar una comisión por cancelación anticipada, limitada por ley) y, lo más importante, cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Este trámite suele requerir una provisión de fondos en la gestoría de unos 800 a 1.000 euros. Muchos vendedores confunden esto y creen que los gastos de notaría de la compraventa (que asume el comprador) cubren la cancelación de su antigua hipoteca. No es así.

Certificado de Eficiencia Energética (CEE) y Cédula de Habitabilidad

Desde 2013, es obligatorio contar con el Certificado Energético en vigor para anunciar y vender tu casa. En la Comunidad Valenciana, además, suele ser requerida la Licencia de Segunda Ocupación (la antigua cédula de habitabilidad) actualizada. Ambas gestiones requieren de un técnico o arquitecto local.

Certificado de la Comunidad de Propietarios

Necesitarás un documento firmado por el administrador de fincas o presidente de tu comunidad en Castellón que certifique que estás al corriente de pago de cuotas y posibles derramas.


Exenciones Fiscales: ¿Cuándo te libras de pagar a Hacienda?

No todo son pagos. La ley contempla excepciones importantes en el IRPF:

  1. Reinversión en Vivienda Habitual: Si vendes tu residencia principal (donde has vivido al menos 3 años continuados) para comprar otra casa que también será tu vivienda habitual (ya sea en el Pau Lledó, en Sensal o en Madrid), no pagas IRPF por la cantidad reinvertida. Tienes un plazo de dos años para hacerlo.

  2. Mayores de 65 años: Si tienes más de 65 años o estás en situación de gran dependencia, la venta de tu vivienda habitual está exenta de tributar en el IRPF, independientemente de si reinviertes el dinero o no.

  3. Dación en pago: Si entregas la casa al banco porque no puedes pagar la hipoteca, tampoco tributas por la ganancia.


Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Quién paga los gastos de notaría en la Comunidad Valenciana? Por norma general, y salvo pacto en contrario, los gastos de otorgamiento de la escritura pública corren a cargo del vendedor (la matriz), y los de la primera copia y posteriores a cargo del comprador. Sin embargo, en Castellón es muy habitual pactar que el comprador asuma todos los gastos de notaría.

¿Tengo que pagar Plusvalía Municipal si vendo mi casa de El Grao con pérdidas? No. Con la ley vigente en 2026, si el valor de transmisión (venta) es inferior al valor de adquisición (compra), se considera que no hay incremento de valor y la operación está exenta de pagar la Plusvalía Municipal.

¿Qué es el Valor de Referencia de Catastro y cómo me afecta? Implementado hace unos años, es un valor que fija Hacienda y que marca por cuánto se debe tributar como mínimo en algunos impuestos. Aunque afecta más al comprador (en el ITP), como vendedor debes asegurarte de que el precio de venta esté alineado con la realidad del mercado en tu código postal.


Conclusión: Vende con seguridad en Castellón

Vender tu casa implica hacer números finos. Un mal cálculo en el pago de la Plusvalía o no aplicar correctamente las exenciones por reinversión puede costarte miles de euros.

En Vivienda Castellón Inmobiliaria, no solo encontramos al comprador ideal para tu propiedad, sino que nuestro equipo jurídico y fiscal te acompaña en todo el papeleo. Conocemos el mercado de Castellón, Almazora, Benicàssim y Vila-real a la perfección.

Si estás listo para dar el paso y quieres una valoración real de tu vivienda con un cálculo exacto de lo que te quedará limpio en el bolsillo, contacta con nuestro equipo de expertos hoy mismo. ¡Explora nuestros servicios para vendedores aquí!

 

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